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Compliance officer: Plan de prevención del riesgo penal de las empresas

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El propio Código prevé que, si la empresa puede acreditar que el delito no se ha cometido por falta de vigilancia, no se impongan estas penas. La forma que las empresas tienen de vigilar con validez legal es establecer un sistema de control interno, que controle las áreas en las que, atendiendo a las características de la empresa, se dan las condiciones necesarias para un potencial delito.

El conjunto de estos controles se denomina plan de prevención del riesgo penal, y se elabora y supervisa por un profesional del derecho denominado compliance officer o controlador jurídico.

En resumen, tras una auditoría penal en la empresa, se diseña un plan de prevención, se forma a los empleados en su cumplimiento, y se revisa con una periodicidad determinada (aproximadamente trimestral). Si se cumple, el profesional emite un certificado de cumplimiento, que exime, en caso de delito, de toda responsabilidad penal a la sociedad.
A la vista de la enorme facilidad con la que una empresa puede incurrir en ilegalidades de todo tipo tras las últimas reformas legislativas, contar con un plan de prevención del riesgo penal es indispensable para la tranquilidad del empresario y su prestigio ante la administración y sus colegas de profesión.


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