Especialidades
Derecho Administrativo, de Trabajo y de Igualdad”
DERECHO DE FAMILIA Y SUCESIONES
El despacho está altamente especializado en derecho de familia, materia de la que fue pionero y es un referente nacional. Este campo se ocupa de todo lo que acontece en el ámbito de la familia, con tres pilares fundamentales: el matrimonio, la filiación y la herencia.
DERECHO CIVIL
El Derecho Civil se ocupa de las relaciones personales y patrimoniales, y es la especialidad clásica del Derecho. En Sanivo Abogados contamos con especialistas de todas sus ramas: Familia, Herencia, Contratos, Derechos Reales y Derechos de la Personalidad.
DERECHO PENAL Y COMPLIANCE OFFICER
Esta especialidad se ocupa de las conductas consideradas delitos. Nuestros especialistas se encargan tanto de la defensa como de la acusación, según las necesidades del cliente, estudiando la posible criminalidad de los hechos.
PLANES DE IGUALDAD
Este servicio vendrá integrado por los siguientes documentos: [1] Diagnósticos de situación previo, [2] Auditoría Retributiva, [3] Protocolo de acoso laboral (sexual, por razón de sexo, moral y discriminatorio), [4] Protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra personas LGTBI y [5] Plan de igualdad.
DERECHO MERCANTIL
Esta rama del Derecho se ocupa de los comerciantes y sus actos, desde sus contratos a la fundación y administración de sociedades. Como abogados de empresa, los especialistas de Sanivo intervienen en todos los actos de la vida societaria, mediando entre los socios o ejerciendo en la Junta en nombre de sus clientes.
DERECHO INMOBILIARIO
La importancia social del derecho relacionado con el ámbito hipotecario y la adquisición de vivienda ha dado lugar a la necesidad de una especialización sólida y cualificada en derecho inmobiliario. En Sanivo, resolvemos los problemas propios de la propiedad horizontal, mediando en las posibles disputas vecinales e interviniendo en nombre de nuestros clientes en caso de que deban impugnarse acuerdos de la comunidad indebidamente adoptados.
PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL, PATENTES Y MARCAS
En Sanivo somos creativos y comprendemos las preocupaciones de artistas, diseñadores e inventores. Intervenimos, tanto en el ámbito extrajudicial como en caso de demanda y celebración de juicio, en casos de propiedad intelectual, persiguiendo en todas las vías posibles la defensa de los derechos de autor de nuestros clientes.
RESPONSABILIDAD CIVIL Y SEGURO
Junto al derecho de familia, especialidad reina del despacho en la que su fundadora, Magdalena Entrenas, es una autoridad de reconocido prestigio nacional, el derecho del seguro y la responsabilidad civil es la otra materia en la que el despacho, a través de su fundadora, es referente indiscutible.
DERECHO ADMINISTRATIVO
Asesoramos a nuestros clientes en su relación con las Administraciones Públicas, recurriendo y alegando sanciones y multas, exigiendo la responsabilidad patrimonial de la Administración si resultara procedente e interviniendo en asuntos acontecidos en el ámbito escolar y de la función pública.
MEDIACIÓN
Como centro de mediación, Sanivo interviene en los conflictos personales y familiares buscando soluciones óptimas para las partes, atendiendo a la sensibilidad del asunto y evitando en lo posible la judicialización de las relaciones.
¿POR QUÉ SON NECESARIOS LOS PLANES DE IGUALDAD?
“La igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres es un principio universalmente reconocido, que se ha ido desarrollando y articulando a través de diferentes normativas de ámbito internacional, nacional y autonómico.
A nivel nacional, cabe destacar la aprobación de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, dirigida a hacer efectiva la igualdad real entre ambos sexos, removiendo para ello los obstáculos que impiden conseguirla.
La antedicha regulación ha venido reforzada con la aprobación del i) Real Decreto 901/2020, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro, en virtud del cual, se establece la obligación de contar con un plan de igualdad para las empresas de cincuenta (50) o más trabajadores, y con el ii) Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, por el que se regula la obligación de contar con una auditoría retributiva para aquellas empresas que cuenten con el antedicho número de trabajadores en su plantilla.
En este sentido, es importante destacar que todas aquellas empresas que, teniendo obligación de contar con un plan de igualdad y una auditoría retributiva, no cuenten con tales documentos, podrán ser sancionadas con multas cuyo importe oscila entre los 7.501 euros en su grado mínimo y los 225.018 euros en su grado máximo.
Pero con independencia de lo anterior, la implantación de un plan de igualdad y de una auditoría retributiva tiene múltiples beneficios para todas aquellas entidades que deciden implantarlos, y ello, con independencia del número de trabajadores con el que cuenten en su plantilla. Así, la elaboración e implementación de los antedichos documentos, refuerza la mejora del clima laboral, removiendo los obstáculos que impiden a mujeres y hombres tener las mismas oportunidades laborales y estableciendo las mismas condiciones y beneficios en cuanto a formación, promoción, ascenso en la empresa y retribución. Todo ello, evidentemente, reduce la conflictividad laboral, incentiva a la plantilla y aumenta el nivel de compromiso con los objetivos de la empresa. Es manifiesto, además, que contar con un plan de igualdad mejora notablemente la imagen y eficiencia de cualquier entidad.
Junto a lo anterior, es importante señalar que uno de los aspectos esenciales del plan de igualdad, es el de abordar el tema del acoso en todas sus vertientes, mediante un protocolo de prevención y actuación ante el acoso laboral (sexual, por razón de sexo, moral y discriminatorio), de elaboración obligatoria para todas las empresas con independencia del número de trabajadores.
Finalmente, cabe destacar que, con la aprobación de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, se establece la obligación para las empresas de más de cincuenta (50) trabajadores de contar con un «conjunto planificado de medidas y recursos para alcanzar la igualdad real y efectiva de las personas
LGTBI, que incluya un protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI.»